2 LA ASOCIACION ley biológica general, que «es piacentdfo lo que desenvuelve la vida», llegamos a la conclusión de que el juego es para el niño una necesidad tan apremiante como el dormir y comer. No hemos de poner en parangón las diversas teorías sustentadas para explicar la naturaleza lúdica infantil. Basta afirmar que desechadas las hipótesis de que el juego es descanso, la de Schiller sobre el exceso de energía y la biognética defendida por Stanley Hail, quedan únicamente como más aceptadas la biológica, que se funda en la analogía entre los instintos de las especies y sus juegos favoritos, y la que basada en la anterior propusiera Carr; que lleva más lejos la utilidad biológica del juego, ya que, según él, estimulando las fibras nerviosas rudimentarias y aislándolas por la superproducción de la mileina contribuye al crecimiento de los órganos . Señala Claparéde al juego una importante misión social, cual es la de transformar y encauzar los instintos antisociales. Lo mismo que él llama «acción catártica» del juego. Representa una dirección de energías de cuyo defectuoso aprovechamiento puede resultar un peligro social, que se convierte, gracias al juego, en un beneficio individual y colectivo. Es, pues, evidente que la única ocupación seria del niño, según Montaing, está representada en el juego. Observa, lector, la actitud de esos niños que renuncian al placer del juego, exteriorizando un indudable estado morboso La más pequeña broma de sus compañeros Ies molesta, y una manifestación de ira reprimida espera sólo la ocasión de encontrar una víctima. Entre éstos no será raro encontrar el ejemplar cleptomaníaco. Y damos fin a este trabajo con las conclusiones siguientes: 1.a El juego es una tendencia de ¡a naturaleza infantil ai ejercicio corporal o espiritual, que se traduce en un placer y una necesidad para el niño normal. 2ra Favorece al orden socia»; y 3.9 Discretamente utilizado es factor de orden y ayuda con eficacia en la buena marcha de la escuela. Vicente Alapont Maestro nacional de Caudé l9bLo5 Consejos locale5 La novedad de la reforma que va a introducirse para sustituir a las antiguas Juntas loca¬ les, ha traído una serie de dudas y recelos, cau sa de pequeños conflictos que en las localidades rurales empiezan a surgir. El fin de las Autoridades superiores al decre tar la reforma, es arrancar de manos de caciques y fariseos, un arma— que sólo arma de ofensa eran para ellos las Juntas locales— que empleaban en contra del Maestro y por ende en contra de la enseñanza. El nuevo organismo que se crea, quieren que responda a los fines que siempre debió perse guir y lo ponen en manos de los Maestros, a quienes hacen árbitros de los Consejos. Antiguamente formaban la Junta el alcalde con uno o dos concejales más, el secretario, el médico, los padres y madres y el cura. Los maestros quedaban en último término y hasta en muchos casíos, no se les consideraba como Vocales de tal Junta. Predominaba en ella el sentir del cacique que era quien predominaba en toda la vida del pueblo. Ahora, aunque el cacique siga predominando la vida del pueblo, se le aparta del predominio del Consejo, reduciendo los vocales, de los que acaso sólo uno, el que representa al municipio, lo representará a él. Los dos maestros y los dos padres, son la mayoría del Consejo y hay que suponer, que una discreta inteligencia o al menos un equilibrio estable, habrá inspirado en todos los sitios las propuestas elevadas al Consejo provincial para su nombramiento. El Consejo provincial nombra al padre y madre de familia, previa propuesta de ios maes, tros. Los maestros, de acuerdo, son los únicos que designan quienes han de ser; pueden optar por celebrar la reunión de padres ò no celebraría, convencidos de antemano, de lo difícil que ha de resultar coincidir todos ejn un nombre. En oficio se comunica la designación, directamente ai Consejo provincial. No hay necesidad de mandarlas por conducto de la Alcaidía, y hasta consideramos que no debe hacerse. Ei Ayuntamiento a su vez designa su representante, que también comunica, para su aprobación, al Consejo provincial. Una Vez nombrados estos Vocales, el padre, la madre y el concejal por el Consejo provincial, hay que suponer que por vía oficial se comunique a los alcaldes, y seguidamente se proceda a constituir el Consejo local.