Quien esto escribe contaría con siete quin • quenios y, por tanto, alcanzaría al sueldo de nueve mil pesetas, suponiendo en 2.000 el suel do de ingreso. ¡Cinco mil pesetas de aumente?! Y como este caso habría muchísimos. ¿Se conformaría el Tesoro con semejante aumento? No está el horno para rollos, ni es probable que !o esté en algún tiempo. Nos parece, pues, un sueño lo de los quinquenios, aunque particularmente nos conviniera * * En la Sección correspondiente de este número extractamos el Real decreto sobre becas en los institutos de Segunda enseñanza. Consideramos esta iniciativa del Sr. Silió como un acierto y por ello la aplaudimos sin reservas. Declarada gratuita la primera enseñanza, era lógico que alguien pensara en llevarla a los íns - titutos y después a las Uuniversldades. aunque ajustada a la calidad del alumno; es decir, con - trayéndose a los más aplicados y a los más aptos, cualquiera que sea su posición económica. Con esto se evitará a los becarios pobres la humillactón que podría haber en considerar la beca como socorro concedido exclusivamente a la pobreza. j3 Extracto de la Gaceta Del 16 de septiembre.— ?qx Real orden, fecha 12 del mismo, se dispone que en lo sueesivo, sólo puedan simultanear en las funciones de Secretario de las Juntas locales de Primera enseñanza y el desempeño de Escuela Nacional en el caso en que los Maestros sean a la Vez Vocales de las Juntas expresadas, respetándose, a fin de no irrogar perjuicios, a los que en la actualidad ejercieran el cargo sin reunir la condición que se señala. Del 24 idem,— Real decreto de 25 del mismo mes instituyendo becas a favor da los alumnos más distinguidos de los Institutos generales y técnicos de Segunda enseñanza. —Los alumnos becarios percibirán durante el curso en que jo sean la consignación de 1.250 pesetas, matrículas de su grupo gratuitas, derecho al uso de un distintivo que pregone su condición y serán considerados como los natu¬ rales representantes de sus compañeros cerca del Claustro. El número de becas por cada Instituto será en proporción entre los alumnos matriculados y los recursos que Voten las Cortes. La adjudicación de becas se hará por un Tribunal de Catedráticos y mediante ejercicios comparativos, en los que podrán tomar parte los alumnos que hayan obtenido previamente calificación favorable para el ingreso en la Segunda enseñanza. Los becarios, que sin haber perdido en ningún curso tal calidad alcanzaren el final del bachillerato, tendrán derecho al título gratuito de «Bachiller Becario». Las becas irán implantándose de año en año, empezando por el ingreso, hasta abarcar todos los del bachillerato. Elección de plazas El Rectorado ha remitido a la Gaceta de Madrid para su inserción en la misma un anun ció convocando a elección da diez y ocho escuelas para Maestro y trece para Maestra. LAS DE MAESTRO son: Provincia de Zara/>oza.~~Ca\cena, Atea, Cervera de la Cañada, Cosuenda. Tobed y Villar de los Navarros. Provincia de Huesca. —Robres, Secastilla, Berbegal, Naval, Hecho y Toria. Provincia de Logroño.—El Redal y Qrañón. Provincia de Teruel,— Albeniosa, Bállo, Cuevas de Cañart y Plou PARA MAESTRA.— Provincia de Zaragoza. —Sesiñca, Fuentes de Jiloca, Moyuela y Osera. Provincia de Huesca — Ansó y Peralta de la Sal. Provincia de Teruel. —Bmbágnena, Palomar Segura, terriente, y Torre las Arcas. Provicia de Logroño.— k\be\áa y Rincón de Oliveda. Los maestros a quienes se convoca son los siguientes: D. Anselmo Ibáñez, Lachén, don Valeriano Estaún Ramón, D. Lorenzo Gracia Martínez, D. José Rovira Estrada, i>. Ricardo Mallén Fuentes, D. José Pradiila Mené, D. Luis Clavero Miguel, D. Joaquín Clemente Llanas, D. Calixto viartínez Bueno • Patricio Andrés García, D Demetrio Suso Hernández, O, Car - los Ochoa Pérez de Azpeiíia, O. Gregorio Es. cobedo, D. Eladio Gracia Cortés, D. José Gra. cia Jimeno^ D. Manuel Escolano Jalle, don