LA ASOCIACIÓN rios medios especiales, la creación de bibliotecas Briale y fonotecas circulares para los ciegos, y, la preparación, distribución y si fuera preciso la construcción del material especial necesario. Podrá igualmente coadyuvar y promover la organización de espectáculos y otras manifestaciones artísticas y culturales de especial estructura para los deficientes, así como subvencionar instituciones que se dediquen a estos fines. Art. 6.° Quedan derogadas todas las disposiciones concernientes a la constitución y funcionamiento de patronatos y Comisiones relativos a las instituciones indicadas, y en cuanto a los Reglamentos y otras disposiciones referentes a los mismos, serán objeto de una revisión y motivo dé propuesta al Ministerio dentro del plazo improrrogable de un mes, quedando entre tanto en suspenso toda reorganización definitiva. Art. 7.° En la reglamentación a que se refiere el artículo anterior, así como en la del propio Patronato, éste cuidará de velar por que los gastos inherentes al funcionamiento del mismo se mantengan en los límites más severos de austeridad en relación con los medios de que disponga. — Niceto Alcalá- Zamora y Iones. — El Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes, Salvador de Madaríaga Rojo». ■31 Marzo 1394. («Gaceta» del 15 Abril).— Orden resolviendo con carácter general la disposición relativa a casa-habitación de los Maestros de Sevilla.- , < «Promulgada por este departamento la orden ministerial de fecha 15 Diciembre último («Gaceta» del 27), resolviendo favorablemente la petición formulada por los Maestros consortes de Sevilla, que solicitaban duplicidad de indemnización por casa-habitación, cuya disposición se basa en dictamen emitido por el Consejo Nacional de Cultura y en los .preceptos vigentes de la ley de 9 Septiembre de 1857, Este Ministerio ha resuelto, conforme a la propuesta del Consejo Nacional de Cultura y en mérito a las razones aducidas en la citada Orden de 15 de Diciembre último, que sirvan los preceptos de esta disposición como regulador de carácter general, y que por íos Consejos provinciales respectivos sean resueltas las reclamaciones que se formulen por los Maestros consortes sobre indemnización de casa-habitación, en el sentido pronunciado por la repetida Orden ministerial.— P. D., Pedro Armasa». 11 Abril 1934. («Gaceta» del 14).~~Orden sobre matricula en los Institutos. «Este Ministerio' ha tenido a bien resolver: 1.° Que los alumnos oficiales colegiados y libres del plan de 1932 que verifiquen sus matrículas por cursos completos, sólo deberán abonar el importe de las matrículas correspondientes a cinco asignaturas, siendo gratuitas las relativas a Educación física y Dibujo. Los alumnos libres podrán también matricularse de una o varias asignaturas con arreglo a lo dispuesto en la Orden de 31 de Marzo último, debiendo pagar, en este caso, por las asignaturas de Educación física y Dibujo los derechos de matrícula conespondi entes. 2. ° Tanto los alumnos oficiales y colegiados cumo los de enseñanza libre, podrán optar por el' examen de conjunto en la forma prevista en la Orden de 9 de Febrero del año actual. 3. ° Los alumnos que en el curso 1932-33 dejaron de verificar el examen de suficiencia de Educación física, aun habiendo aprobado las demás asignaturas, no tendrán que abonar matrícula ni derechos de examen por esta enseñanza, toda vez que en virtud de lo dispuesto para el nuevo plan, tuvieron que matricularse del curso completo, hallándose comprendidos, por tanto, en lo establecido en el caso primero de esta Orden. — P. O. Ramón Prieto. hoticias. y comentarios Socorros mutuos Altas desde 1.° de Abril con cuota de 2 pesetas: :¿b 1 Don Pablo Vicente, de Torres de Albarracín. Doña María Castro Molina, (E), de ídem. Doña Saturnina Bayo Garcés, de Visiedo. Bajas desde el 23 de Abril con cuota de 2 pesetas: Don Rogelio Navarrete, de Cortes de Aragón. La Comisión asesora La nombrada para que informe y dé normas acerca de la provisión de Escuelas ha venido celebrando sesiones durante la pasada semana", y probablemente habrá terminado con las celebradas en la presente. Han asistido a ellas el Director general y los señores Carrillo, don Eladio García, Carril, Hernández (Santiago) y Ascarza, mas el jefe de la Sección administrativa de Madrid, señor Escribano, que, a petición de la Junta asesoradora, fué nombrado también.