LA ASOCIACION 5 endones, en rápida ojeada pudimos admirar l(is grandes joyas del arre y la octava maravilla- A la vez transmiro el cordial saludo que para Teruel recibí de nuestras provincias hermanas allí representadas por D. Orcncio PaCfireo, dona Enriqueta Barba y D. José Pardo de Zaragoza y D. Ricardo Brun, de Biscarnés (Huesca) Una nota sólo es la que ha dejado cierto agridulce en todos, cual ha sido el desafecto y desatención de las Asociaciones todas y de ia Prensa profesional hacia la Escuela rural, en gran parte allí representada, así como de la casa del Maestro; pero sobradamente compensada con la benevolencia con que dichas tareas fueron acogidas por la Prensa diaria, que al fin es la que ha de interesar al público. Luciano Romero Sección oficial 15 de junio de 1934. («Gaceta» del 26) — Orden estableciendo en el Grupo «Magdalena Fuentes», de Madrid, una Escuela Materna!: «Vista la petición formulada por D a Casilda de! Pueyo, Directora del Grupo escolar «Magdalena Fuentes», de esta capital, solicitando la creación de una Escuela Maternal como Sección de dicho Grupo, este Ministerio ha resuelto: 1. ° Que se establezca como Sección del Grupo escolar «Magdalena Fuentes», de esta capital, una Escuela Maternal con el mismo régimen y servicios que las existentes en Madrid, quedando encomendada la enseñanza a dos Maestras nacionales. 2. ° Para atender a los gastos que ocasione la instalación de esta Maternal, se destina la cantidad de 5.000 pesetas, con cargo al presupuesto prorrogado. 3. ° La dotación de las dos plazas a que se refiere el número primero de esta disposición será la que corresponda al sueldo personal que en el Escalafón general tengan las nombradas, y para la provisión de las resultas se crean otras dos plazas de Maestras nacionales, dotadas con el sueldo de entrada y emolumentos legales —Fi liberto Villalobos». último, relativa a ¡a convocatoria de ingreso en las Normales: «Con el fin de resolver consultas llegadas a este Minbíerio, y de conformidad a lo dispuesto en ci artículo 4.° adicional del Decreto de 29 de septiembre de 1931, quedan rectificados los números primero y segundo de la Orden de ia Dirección general de Primera enseñanza, fecha 7 de junio uilimo, en la forma siguiente: 1.° Tener realizados los esludios del Bachillerato o los de Maestro de Primera enseñanza, o tener aprobados en la Escuela Normal los tres cursos de Cultura general, a tenor de lo que dispone el artículo 4.° adicional del Decreto de 29 de septiembre de 1931. 2.° Haber cumplido 16 años de edad antes de la terminación del plazo de la convocatoria — El Director general, Victoriano Lucas.» * * * ^6 de junio de 1934. («Gaceta» del 28).— Orden rectificando la Orden de 7 de junio 26 junio de 1934. («Gaceta» del 28)— Decreto disponiendo se convoque el concurso general de traslado para Escuelas: «Con objeío de que el concurso general de traslado de! Magisterio nacional se celebre durante c! período de vacaciones, para no perturbar con los traslados la marcha de ia enseñanza, y no obstante la amplia autorización que se concede a la Dirección general de Primera enseñanza por el Decreto de 13 de marzo último. De acuerdo con el Consejo de Ministros y a propuesta del de Insírucción pública y Bellas Artes, Vengo en decretar lo siguiente: Artículo 1.° La Dirección general de_ Primera enseñanza procederá con urgencia a convocar un concurso general de traslado, para proveer todas las vacantes de destino existentes en el Magisterio nacional, ateniéndose a las normas dictadas en los artículos 10 al 17 del Decreto de 1 de julio de 1934 y a lo que se dispone en en el presente Decreto. Artículo 2.° Podrán, lomar parte en este concurso todos los Maestros nacionales en en activo servicio, excepto los que se hallen sometidos a expediente gubernativo o cumpliendo castigo o corrección disciplinaria y los que no lleven tres años de servicios en propiedad en la Escuela desde la que solicitan. Artículo 3.° Podrán también tomar parte en el concurso que se anuncie, los Maestros que hayan obtenido el reingreso antes de la