LA ASOCIACION Agregación de plazas Mal, pero muy mal, reprisea el Sr. Burell en ■el Ministerio de Instrucción pública. La agregación de plazas podrá satisfacer las injustas peticiones de unos pocos maestros; pero disgusta y desagrada al magisterio en genera!, porque esa creación es ilegal, inmoral y lesiona intereses colectivos de la clase, que es tán por encima de lo que pueda convenir á unos cuantos señores particulares. Ho hay que alarmarse Han circulado por la prensa profesional noti cias alarmistas respecto á si la Diputación de Navarra pagaría ó no las 1 000 pesetas á los maestros que obtengan escuelas por oposición. Les maestros que óbíengan plaza en !as oposiciones, está fuera de toda duda, que tendrán 1.000 pesetas de sueldo 250 pesetns de adultos y una indemnización p.'ra casa habitación. Si la Diputación de Navarro no pagara esas consignaciones, mejor para los maestro^ pues estamos seguros que se les concederá la facuL tad de marcharse á otras escuelas fuera de concurso ó en concurso especial, como se hizo hace unos li es unes con motivo de los aseen sos á los maestros que Navarra no quiso reconocer ni pa:iar. P@r ese la lo no perderían más que ios pueblos de Navorra, los maestros, saldrían ritmando Asi es que no hay que alarmarse. ^ ccrr.pletar expçdienlcs Los opoí itores á Escuelas de Navarra á quienes falten documentos para completar sus expedientes Iss aconsejamos que lo hagan con la mayor di igencia, pues, según nuestras noti cias, la oportuna convocatoria para comenzar los ejercicios aparecerá muy en breve en la f Gaceta». Posesiones y çeses El Rectorado de Zaragoza al resolver el Concurso de traslado ú'timo, ordenó á las Secciones administrativas que al consignar en los Títulos de los maestros trasladados las diligencias de nombramiento?, hiciesen constar que las posesiones de los nuevos destinos implicaban el cese délas escuelas anteriores con la fecha de los días inmediatos á los de las pose sienes. Así se ha cumplido lo dispuesto por el Rec tor y, en virtud de ello, los maestros que por consecuencia de ese Concurso pasan á otras escuelas, deben posesionarse de éstas sin que ¡las Juntas. locales á que corresponden las es¬ cuelas que dejan consignen en sus Títulos diligencias algunas de ceses, puesto que éstas los determinan las de posesión de los nuevos destinos. Y obtenidas éstas, los interesados deben dar cuenta de ellas, en oficios visados por los Presidentes de las nuevas Juntas locales, á los de las antiguas, á fin de que éstos sienten los ceses en íes libros respectivos^ y les comuniquen á las Secciones administrativas para todos los efectos legales. De ese modo el maestro no pierde día de haberes ni servicios^ que es lo que se procura conseguir. Los maestros que no lo verifiquen así, se exponen á interrupciones con las que sólo ellos resultarán perjudicados. flsÇ^nSOS Los Títulos dettodos los maestros últimamente ascendidos á mil pesetas, (excepto dos que no los enviaron aún los interesados á la Sección) han sido diligenciados y remitidos por conducto de los Alcaldes, para entrega á los profesores después de hacer constar en ellos las Juntas locales las fechas de posesión de los nuevos sueldos. Concurso traslado Excepto D Adrián Agost, todos los maestros, nombrados por concurso de traslado para es cuelas de esta provincin han enviado ya sus Títulos á la Sección administrativa, y ésta los los ha diligenciado y remitido álas Juntas locales á que pertenecen las escuelas á que van destinados, para entrega, después de hacer constar la posesión de estos maestros. Todos deben remitir á la Sección parte de la posesión y de la fecha en que se encargan de la enseñanza de adultos, para poder acreditarles en nóminas la gratificación correspondiente á este servicio. Los que figuren en el Escalafón de 1915, deben decir el número que en él ocupan y sueldo que hoy disfrutaban, para las alteraciones correspondientes, y los que no estén incluidos en tal Escalafón lo expresarán así en el mismo parte del funcionamiento de las clases nocturnas. Títulos Para su entrega al interesado, se ha recibido en la Sección admirí ¡si rativa de primera enseñanza de esta provincia, título de veterinario expedido á favor de D. Gregorio Blasco Julián.