LA ASOCIACION concordantes en la misma citada. Ruég-ole lo ponga en conocimiento maestros nacionales por el medio más rápido pobible, advirtiéndoles tengan en cuenta no se trata de servicio benéfico y responsabilidades a contraer si el propuesto en estudios a realizar en curso próximo, no respondiese en actitudes y conducta a presunta condición superdotado». y esta Sección, cumpliendo lo ordenado en el mismo, lo traslada a todos los Maestros nacionales de 1.a enseñanza de esta provincia para su conocimiento, encareciéndoles que, como en el telegrama se interesa, tengan presentes la circular que se cita y demás disposiciones referentes al caso. Teruel, 15 de junio de 1934. El Jefe de la Sección, Qamira Navarró Orden 6 junio 1934 («Gaceía» del 8) Nuevas reglas para el turno de consortes. La Orden de 10 de mayo último, reguladora de! concurso especial para consortes, dispone en su apartado tercero que, «cuando sea solamente uno de los cónyuges el que solicite cambio de destino, será requisito indispensable el de llevar más de dos años sirviendo la escuela desde la que se solicita el traslado, lo que será exíensivo a ambos cónyuges cuando sean los dos los que desean trasladarse». Esta disposición ha hecho llegar al Ministerio reclamaciones de Maestros en solicitud de que se modifiquen estas restricciones perturbadoras de la buena marcha de la enseñanza nacional. En fecha no muy lejana se dictarán normas generales para la colocación y traslado de los Maestros consortes. Aconseja esta resolución un deber de humanidad y el criterio de este Ministerio de amparar los interesas de la enseñanza, preferentemente a otras consideraciones y conveniencias. Cuando los consortes ejercen el Magisterio en distintas localidades, una de las dos escuelas, y a veces las dos, se hallan totalmente abandonadas. V deseando terminar con estas y otras irregulares situaciones de la enseñanza, en consideración a las razones expuestas, Este Ministerio ha tenido a bien dispener: L0 Queda sin efecto el requisito exigido Por el apartado tercero de la Orden de 10 de ^ayo ultimo, de haber servido más de dos años la escuela desde la que se solicia el traslado por el concurso de consortes, no Precisándose tiempo determinado si se trata de traslado de un solo cónyuge a la localidad donde el otro presta servicio a la enseñaza. Esta excepción no afecta, por lo tanto, a los consortes que residan en la misma localidad. 2.° Igualmente queda sin efecto la limitación de servicios, cuando se trate de cónyuges que, residiendo en distinta localidad, soliciten escuelas en otra tercera; pero en este caso, las escuelas que se soliciten han de ser en localidades cuyo censo d población no sea superior al de la escuela de mayor vecindario que desempeñe actualmente uno de los dos consortes. 5.° Se prorroga por diez días naturales, a contar desde la publicación de esta Orden en la «Gaceta de Madrid», el plazo para la presentación, por parte de los interesados, de las instancias y documentación a que hace referencia el apartado tercero de la mencionada Orden. — Filiberto Villalobos. Tiotidas y comentarios Necrológica En Valencia, a la edad de 68 años ha fallecido la virtuosa señora doña Manuela Gómez esposa de nuestro compañero don Joaquín Abril, maestro de dicha capital, madre de doña Felicitas Abril y madre política de don Aníonio Ugedo, maestro de Teruel. Con este motivo los señores Ugedo-Abril están recibiendo inequívocas muestras de condolencia. Nuestra compañera en La Rambla de Martín del Río D.a juana j Villanueva, pasa en estos momentos por el amargo trance de la pérdida de su amantísimo padre, cuyo fallecimiento acaeció en Torre las Arcas, su residencia habitual A las múltiples pruebas de afecto que con tan triste motivo viene recibiendo la Señora Villanueva, una el testimonio de nuestra condolencia. Socorros mutuos. Son alta desde primero del actual con cuota de dos pesetas. D Enrique Ballestero Lucia, de Villar del Salz D.a Justa Romero Mellado, esposa. Bajas por defunción en el pasado Mayo D a Dlonisia Alpuente de El Calladico. D.a Josefa Lucia de Perales. D. Bernabé Sancho de Villalba Alta Reciban las respectivas familias nuestro sentido pésame y la noticia de que los Señores Habilitados han verificado el oportuno descuento para 'satisfecer el socorro de cuota doble en ios dos primeros y sencilla en el úlJimo. , i