LA ASOCIACION las gentes, y un acercamiento espiritual y material hacia la escuela con el que siempre se sale airoso y se vencen los más serios obstáculos que en el hacer escolar se puedan presentar Luciano Qomero Fuertes 23-X-54 —¡Con las tundas que el maestro me ha prodigado por decir «voy a por la pluma>! —Lo disculpo. Porque, hasla en libros preceptivos oficiales, se reputa por solecismo ese giro. García-Arista. El notable publicista señor García-Arista ha publicado un trabajo en Heraldo de Aragón, con el título que encabeza estas líneas, en el que, ante el dilema de decir «.voy por» o «voy a por», se pronuncia por esta última forma. Y a fuer de maestro que recomienda a sus discípulos el «voy por» — aunque no con tundas — , me permito escribir cuatro líneas para defender mi punto de vista. Dice el señor García-Arista que la preposición «por» denota o expresa causa o favor y sin negarle tal significación, según la Academia de la Lengua — autoridad máxima en la materia — , cuando va pospuesta al verbo ir equivale también a en busca de. Ejemplo: voy por Ja pluma, igual a voy en busca de la pluma. He de confesar que he vivido y me he formado en un ambiente en el que no se usaba el «a por» y que en las obras literarias que he leído no he tropezado nunca — o al menos no me he dado cuenta — con el a por. Solamente en algún pueblo aragonés he encontrado el a por como expresión hablada vulgar, que considero modismo digno del destierro. Porque me decía y me sigo diciendo: Si con una sola preposición queda clara la expresión, ¿para qué emplear dos seguidas? Tratando de buscar el origen de ese modismo, he llegado a suponer quizá con poco acierto — que la preposición sobrante a es una reminiscencia, un vicio, del ir a, necesario para expresar a dónde nos dirigimos; pero completamente supérfluo cuando no nos inte¬ resa expresar a dónde vamos, sino en bu de qué vamos. a O también pudiera provenir de que al fra tar de contestarnos a la pregunta ¿a qué Vd mos?, en vez de hacerlo con un verbo (vo a coger la pluma, voy a comprar /abaco) digan, conservando la a de la pregunta: voy a por la pluma, voy a por tabaco, encadenando innecesariamente las dos preposiciones. Vaya, pues, mi modesto voto por el voy por, hasta que mejores plumas me convenzan de lo contrario. Ricardo Mailén. Sección oficial 25 septiembre. — D M. de Trabajo—Se prohibe el trabajo de los niños menores de catorce años en Empresas agrícolas públicas o privadas. A los efectos de la ley de 8 de abril de 1932 por la que el Parlamento español ratificó el convenio adoptado en la tercera sesión déla Conferencia del Trabajo celebrada en Ginebra, en el año 1921, sobre la edad de admisión de los niños en los trabajos de Agricultura, y, habiéndose presentado los instrumentos de la ratificación en la Secretaría de la Sociedad de las Naciones el día 29 de agosto de 1952, a propuesta del ministro de Trabajo, Sanidad y Previsión, y previo informe del Consejo del Trabajo, y de acuerdo con el Consejo de ministros, Vengo en decretar lo siguiente: Artículo 1.° Queda prohibido el trabajo de los niños menores de catorce anos en Empre' sas agrícolas, públicas o privadas, o en sus dependencias durante las horas señaladas para la enseñanza escolar por las Escuelas publicas de cada localidad. Art. 2.° Los Jurados mixtos del trabajo rural o, en su defecto, las Delegaciones del Consejo de Trabajo, podrán autorizar con fines de formación profesional la ocupación los niños durante las horas de enseñanza en trabajos agrícolas y ligeros, o en trabajos sencillos de recolección, siempre que se ga' rantíce que fuera de las horas de trabajo que' da establecida una enseñanza pública. Art. 5.° Los trabajos a que se refiere e artículo anterior no podrán tener mayor dura ción anual de cuatro meses.