LA ASOCIACION hoy y atendida como se merece por toda suerte de autoridades civiles, militares, eclesiásticas y por la misma realeza, sólo sufre vejámenes injustos y conminaciones innecesarias de parte de personalidades encargadas de la administración de justicia, como si el íntimo convencimiento de que la Medicina, en relación con el derecho, no es sólo un oficio pericial, sino además su natural colaboradora en la confección de las leyes, engendrase y mantuviese en el ánimo de no pocos curiales, así de estrados arriba como de estrados abajo, aquella inclemente voluntad, aquella repugnancia indeliberada que á todos, por mecánico ruin impulso, nos mueve á repeler, cual si fuéramos imanes, todo aquello que más se asemeja á nuestra propia naturaleza. Sólo así se explica cómo ningún perito industrial se ve tan expuesto— apartedela adustez indebida Je los mandatos — ni á las vejaciones, ni al inconsiderado proceder, ni á la intimación de imposibles, ni á los perjuicios materiales y morales, ni á la insolvencia en los legítimos honorarios, como el médico; y todo esto bajo un despotismo tal, que á la menor y más comedida reclamación siente blandir sobre su atribulada cabeza el viejo y mellado alfange del «desacato á la autoridad»; y de tales desmiramientos no le libra al médico el haber alcanzado superior categoría dentro de su profesión, ó al servicio del Estado, lo cual en medio de todo, dentro del absoluto mal, es un relativo bien, porque al raénos realiza la igualdad en la injusticia... Urge, pues, ante tan pavorosa posibilidad, y en nombre de la justicia y del progreso, que una ley de relaciones médico-forenses pong'a al profesor de la ciencia de curar al abrigo de los abusos de que suele ser víctima en el desempeño de sus funciones periciales, y urge tanto más, cuanto que en ello está interesada la justicia en sí misma, tan falible' como es con ser humana, y tan menesterosa por tanto de granjearse la voluntad y el saber de quien mejor pueda ilustrarla en 'la resolución de los más arduos problemas del derecho... {Se continuará.) José Garcés. VARÍEDADKS. LA SENTENCIA DE UN MÉDICO. ¡Sublime 3' hermosa es la misión de la Justicia! La sucesión lenta de los pueblos va capitalizando, á través de los siglos, una suma de enseñanaas y de códigos, que constituye la preciosísima fuente donde se informan sus leyes y de donde proceden sus consejos. La custodian, fomentan, interpretan y api; can las más altas eminencias de los pueblos" revestidas de solemnísimos atributos, auxiliadas con el poderío de la fuerza, provistas de las más brillantes y aparatosas representaciones que puede lograr entidad social alguna en la complicada organización de los pueblos. Ella, la Justicia, es como la encarnación pura incorruptible, inmaculada, de la moral; niveladora de derechos, auxilio de los desheredados una Providencia terrestre, en fin, ante la cua'l pueden mostrar sus quejas los injustamente maltratados y de los débiles, seguros de que alcanzarán la reparación de los desafueros que han sufrido; y de la cual es seguro que lograrán las profesiones — estos órganos que paulatinamente se van desarrollando al par que lo hace el organismo social á cuya formación concurren, aquella dignificación y respeto que las enaltece y vivifica. Cuando así se considera la Justicia, cuando en el sereno discurso de las ideas así la vemos, ¡qué hermosa y útil se nos muestra! Pero cuando descendemos á las realidades de la práctica y procuramos estimar, no ya el valor filosófico, sino los resultados de esa fuerza providencial, y analizamos sus fallos, y entendemos de sus deliberaciones, y observamos quienes son los castigados y por qué lo son, y cuáles los absueltos y como lo han sido, entonces ¡cuán frecuentemente sentimos angustiado nuestro espíritu, cual si viéramos convertirse en enemigólo que debiéramos miiar como nuestro amparo, y en venero de inquietudes y peligros, lo que debiera ser origen de reposo y de seguridades! Decimos esto movidos á dolor por la tristísima impresión que ha causado en nuestro ánimo la lectura de una sentencia recientemente dictada por la Audiencia de Cádiz contra un compañero nuestro, D. Santiago de la Torre, en la que se condena á dos meses y un día de arresto por el gravísimo delito de haber certificado que una enferma había fallecido cinco horas antes de aquella en que verdaderamente murió. ¿Quieren conocer nuestros lectores los detalles de este delito y los considerandos de la sentencia? Pues vamos á proporcionárselos, porque ellos revelan hasta qué extremo la Justicia se resiente de procedimientos y criterios defectuo■ sos, que pueden hacer aparecer á un inocente como si fuese un culpable, y, en su consecuencia, castigarle con penas severas é inmerecidas, de las cuales debiera sonrojarse la misma Justicia antes y mejor que el mismo condenado. Hé aquí el hecho: D. Santiago de la Torre, como médico de cabecera de doña Josefa Rodríguez Bruzón, expidió ceitificado en el cual consta que dicha señora falleció á las cinco de la tarde del 17 de Junio de i885, siendo así que su óbito se clectuó á la una de la mañana del siguiente cía ib.