versas zonas del territorio». Es decir, lo esencial para la Constitución es, en primer lugar, la proporcionalidad en la representación lo que obliga a tener como punto fundamental de mira la población de cada Comunidad Autónoma. El voto de cada ciudadano deberá, entonces, ser en principio equivalente al voto de cualquier otro. Ahora bien, la Constitución obliga a tener en cuenta las diversas zonas del territorio para que no queden sin representación. El criterio personal se combina, entonces, con el territorial que aparece como elemento modulador, accesorio del primero. Lo que la Constitución no hace es definir qué se entiende por territorio, lo que deja la puerta abierta a las especulaciones más variadas y entre ellas a la más extrema de ja igual representación de cada provincia. Lo cierto es, sin embargo, que una correcta lectura de la palabra «territorio» no obliga a otra cosa que a fijar unas circunscripciones electorales hábiles para llevar a cabo este mandato constitucional. En nuestra región estas circunscripciones deberían basarse en territorios menos extensos que la provincia, como las comarcas o los partidos judiciales. De esa forma, «cualquier zona del territorio» tendría su propia representación elegida, eso sí, con arreglo al criterio básico de proporcionalidad que marca la Constitución. Esta es la lectura lógica de un precepto jurídico que no debe extrapolarse para conseguir finalidades comprensibles desde un pacato punto de vista político, pero criticables desde el jurídico que, aquí también, es el razonable. Desde este punto de vista, la propuesta que en el anteproyecto de Estatuto se denomina «B» es, sin duda y teniendo en cuenta la población de las tres provincias, la que mejor respeta el dictado de la Constitución y su combinación con una futura ordenación de las circunscripciones electorales puede dar a todos los aragoneses la garantía de que su voz y su voto estarán presentes en las Cortes. Diputaciones y comunidad autónoma Problema básico de cualquier Estatuto es la inserción de las estructuras territoriales tradicionales — municipio y provincia — con la nueva demarcación regional. El objetivo final debe ser siempre la eficacia en la prestación de las competencias y la mejor utilización de la burocracia existente evitando el crecimiento desmesurado de la función pública. Quiere ello decir que desde un punto de vista racional sería lógico y deseable encargar el cumplimiento de las competencias regionales a los niveles administrativos ya existentes, Diputaciones y Ayuntamientos, y configurar la organización regional como un lugar de encuentro de opiniones, de planificación, de impulso político. El plano organizativo se mezcla, sin embargo, con el aspecto político porque la legislación electoral local potencia la consecución de unas diputaciones orientadas sin ambages hacia la derecha. Delegar competencias regionales en las Diputaciones equivale, por tanto, a que sean ejercitadas por una determinada orientación política lo que puede, previsto a priori, ser políticamente inaceptable. En el Estatuto aragonés se tiene buena conciencia de los Problemas planteados. Se aplica el principio de economía a la acción administrativa y se dispone que las funciones regionales puedan ser ejercitadas por las diputaciones. Ahora bien, la delegación en las diputaciones debe ir precedida de una autorización del órgano legislativo, las Cortes aragonesas, lo que si puede ser comprensible desde el punto de vista político, como garantía en el ejercicio de la delegación, desde el jurídico es absolutamente atípico, creando una mezcolanza entre funciones legislativas y ejecutivas que no superará, probablemente, el trámite parlamentario. La solución del contencioso de las Diputaciones debe venir por la vía de la reforma de la legislación electoral local de tal manera que los órganos provinciales representen, realmente, con proporcionalidad las opciones políticas que se debaten en la provincia. Autonomía y homogeneidad Haciendo abstracción de las escasas críticas aquí consignadas, el proyecto de Estatuto es un texto correcto, técnicamente dudoso en algunos puntos pero que puede ser aceptable como punto de partida para el debate parlamentario que acabe cimentando nuestra autonomía. Lo mejor que se puede decir de este proyecto es que existe y que puede llegar á ser, que puede convertirse en el instrumento capaz de estructurar unas instituciones que detengan la caída vertiginosa en el descrédito del concepto de autonomía. La desgraciada experiencia de nuestra preautonomía justifica que no se reciba ahora con más entusiasmo esta norma que el que merecería una ley hipotecaria o de procedimiento administrativo. La lamentación de este hecho no debe ser, sin embargo, la única reflexión que sugiera el presente momento autonómico. La verdad es que este año de 1981 además de recordarse como el año del golpe será el de la racionalización del proceso autonómico. El proyecto aragonés está afectado y determinado por las negociaciones globales que, como consecuencia del informe Enterría, se desarrollan en este momento. Se trata de crear, esta vez de verdad al margen de los nominalismos, el Estado de las autonomías y una construcción como ésta exige una visión más elevada que la que puede disfrutarse desde el más alto de nuestros montes. Quiero decir que la participación estrictamente aragonesa en el proceso autonómico ha terminado ya y que ahora se inicia una elaboración parlamentaria que seguirá las mismas pautas para nuestra región que para las restantes. La homogeneidad y uniformidad se imponen para evitar una reedición de las tarifas, lo cual no quiere decir que se olvide el mismo principio de la descentralización o de la autonomía. La autonomía se realiza desde el mismo momento en que se constituyen comunidades autónomas y la homogeneidad juega, solamente, a la hora de graduar los traspasos de competencias, de convocar las elecciones o de imaginar un régimen jurídico común para los funcionarios. Aceptar este hecho con sencillez es comprender, realmente, la esencia del Estado que dibuja la Constitución. Criticar acerbamente la consecución común de objetivos nacionales es, al mismo tiempo, un desconocimiento de los principios básicos organizativos de un país y una irresponsabilidad. Sáinz de Varanda en un mitin autonomista de 1979, junto a su compañero de partido Elias Cebrán. Ahora, ambos mantienen posturas diferentes en el tema autonómico. Sáinz de Varanda contra el anteproyecto de Estatuto Ei alcalde no traga «Si este Estatuto se aprueba tal y como está, será la derrota más grande de la izquierda en Aragón desde el primero de abril de 1939». Tan tajante afirmación no procede de ningún político marginal de la izquierda extraparlamentària, sino del alcalde socialista de Zaragoza, ciudad que acoge a la mitad de la población aragonesa. Ramón Sáinz de Varanda, a despecho de la postura oficial de su partido, ha emprendido una campaña en contra del texto consensuado por los cuatro grandes partidos, que considera muy lesivo para su ciudad. LUIS GRANELL Las matizadas manifestaciones de optimismo con que Elias Cebrián, representante del Partido de los Socialistas de Aragón (PSOE) en la mesa que ha negociado el anteproyecto de Estatuto, presentó el texto a los periodistas, sentado junto a los centristas José Luis Merino y Román Alcalá (que no abrió la boca en todo el acto), contrastan fuertemente con las críticas de Sáinz de Varanda que, en un primer y rápido análisis del texto que el próximo día 6 se presentará para su aprobación a la Asamblea Mixta de parlamentarios y diputados provinciales, ennumera una larga lista de objeciones. Falta de técnica jurídica «El artículo 15 — señaló a esta revista — es uno de los más sorprendentes al admitir que la potestad legislativa de las Cortes de Aragón pueda delegarse en el Consejo de Gobierno; eso es abrir la puerta a que se nos gobierne a base de decretos-leyes». En su opinión, el estatus especial que el texto prevé para los miembros de este Consejo no tiene tampoco precedente alguno; considera confusas las competencias atribuidas al Tribunal Superior de Justicia y al Justicia de Aragón; muy peligroso el planteamiento de los temas de economía y hacienda que podría terminar con la autonomía municipal; un error que se haya dejado descolgado el tema de las comarcas; etc. «En general se trata de un texto de aluvión, hecho a base de recortes de diferentes estatutos y que carece de unidad — manifestó más adelante — . Por otra parte una serie de detalles, como el de hablar de la condición política de aragoneses, indica la falta de técnica jurídica del texto». Citó Sáinz de Varanda, entre las que considera ambigüedades del Estatuto, el artículo referente al Justicia de Aragón que, se dice, podrá ser «cualquier ciudadano de reconocida fama y probidad». ¿«Qué se quiere decir con esto, que habrá que presentar un certificado de buena conducta de la Guardia Civil?», ironizó el alcalde. Diputaciones y representatividad Dos son las principales cuestiones de desacuerdo de Sáinz de Varanda: el papel que el Estatuto confiere a las diputaciones provinciales y el sistema de representatividad adoptado para la elección de los miembros del parlamento regional. Respecto de la primera ha señalado que establecer que las diputaciones provinciales sean órganos de ejecución de las decisiones de la comunidad autónoma, tiene importantes inconvenientes, pues en la actualidad el Ayuntamiento de Zaragoza cuenta con más medios técnicos y materiales que dichos organismos y, además, nunca hasta ahora había dependido de los mismos. En su opinión, sólo razones políticas pueden justificar esta pretensión: «Hacer imposible el funcionamiento de los ayuntamientos de izquierda, especialmente del de Zaragoza, ya que la Diputación Provincial, en virtud de la antidemocrática ley electoral vigente, va a estar siempre en manos de la derecha». A Ramón Sáinz de Varanda no le parecen aceptables ninguna de las dos fórmulas de representación propuestas en el anteproyecto de Estatuto, pues considera que debería respetarse una proporcionalidad estricta y señala la contradicción de que el artículo 18 establezca dicha proporcionalidad y en el 19 se consagre, de una u otra forma, la igualdad entre las tres provincias. Tras criticar que se haya puesto en marcha todo el proceso sin haber llegado a un acuerdo completo en este tema tan importante, el alcalde de Zaragoza afirmó que cualquiera de las dos fórmulas propuestas «establecerían una autonomía censitaria, en la que se limitaría el derecho al voto de los habitantes de una de las tres provincias: Zaragoza. Con la desigualdad de voto entre los aragoneses no se puede hacer Aragón. Lo que alienta en el fondo — afirmó también — es que Aragón no existe, que lo que existe son tres provincias». Tragarse sus acuerdos «UCD se ha llevado el gato al agua en todos los puntos claves del Estatuto y la derrota de la izquierda ha sido manifiesta». Fue la conclusión de un político que sabe se juega mucho con su actitud, pero que no termina de explicarse cómo PSOE y PCE han claudicado en tantos temasT Y sobre todo, cómo después de haber aleccionado a sus hombres de los ayuntamientos para que se mantuvieran firmes en la exigencia de ir hacia la autonomía por la vía del artículo 151 de la Constitución, van a hacerles tragar ahora sus acuerdos al respecto. De hecho, el pasado martes la Comisión Permanente del Ayuntamiento zaragozano adoptó el acuerdo — con el solo voto en contra del representante centrista — de dirigirse al presidente de la Diputación General de Aragón preguntándole si se ha establecido algún período de información pública del anteproyecto y, si no es así, que se abra por un período mínimo de tres meses; solicitar que dicho anteproyecto sea sometido a la aprobación de los ayuntamientos y, asimismo, que se aclare quién y en qué forma convocó la Asamblea mixta que se reunió por primera vez en San Juan de la Peña (ver ANDALAN, n.0 326). Este último punto es especialmente importante, pues si como afirma Sáinz de Varanda — y en San Juan sostuvieron, por cierto, Juan Antonio Bolea e Hipólito Gómez de las Roces — la convocatoria no se realizó de forma correcta, podría caber la interposición de un recurso ante el Tribunal Constitucional. Preguntado por ANDALAN al respecto, el alcalde de Zaragoza manifestó que «no puedo prever el futuro, pero entiendo que, tal como está hoy por hoy el anteproyecto, es perfectamente recurrible y un recurso de anticonstitucionalidad provocaría el derrumbamiento de todo este tinglado como un castillo de naipes». Andalán, 3 al 9 de julio de 1981